Tres Cantos

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lunes, 20 de junio de 2016

DEVOLUCIÓN PAGA EXTRA EXPOLIADA








Los trabajadores de la EMS hemos recibido, la semana pasada, la parte de la paga extra de 2012 que quedaba por devolver, el 50 % (exactamente el 49, 73% que faltaba).

Aprovechando las próximas elecciones generales nos devuelven lo que nos correspondía, sin intereses es cierto. El gobierno municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos ha esperado a estas fechas para edulcorar la restitución de una cantidad robada por el Partido Popular en 2012 y devuelta a plazos estratégicos, desde primeros de año podría haberla entregado al estar ya permitido por el gobierno central. Pues no es un regalito para el verano ni una cantidad extra para orientar el voto al partido que más ha desmantelado el estado de bienestar, los servicios sociales o el sector público y cuatro años después estamos deseando que dejen de una vez el gobierno, por ello no vamos a dar las gracias por tener lo que nos quitaron.

Recordar a los que no estén trabajando actualmente pero sí lo estuvieron en el año 2012, también deben recibir esta parte de la paga extra y en el mismo momento que los demás.

Seguiremos, con paga o sin ella, reivindicando lo mismo que hasta ahora: 35 horas, cumplimiento del Convenio Colectivo, igualdad para todos y defensa de los derechos de los trabajadores.

jueves, 3 de diciembre de 2015

DEVOLUCIÓN DEL 26% DE LA PAGA EXTRA ESCAMOTEADA



En estos días los trabajadores de la EMS estamos recibiendo (fuera de la nómina del mes) el 26 % (exactamente el 26,23 %) de la paga extra que nos quitaron en diciembre de 2012, que, aunque podrían haberla abonado desde septiembre pasado cuando el gobierno central autorizó a los ayuntamientos  su devolución, lo han hecho en estas fechas.

Recordar que este dinero ya lo devengamos en su momento, por tanto no es cuestión de agradecer al partido popular esta devolución en partes de la paga extra (sin intereses) sino exigirles que lo antes posible procedan a abonar el 50 % restante (exactamente el 49,73%) y en eso estaremos.

También recordaros que esta parte de la paga extra es para todos los trabajadores que en ese año devengaran el derecho, es decir, que deben recibirla todos aquellos que en el año 2012 trabajaron en ese periodo en la EMS aunque en la actualidad no estén, ya sea por jubilación, excedencia, eventuales, personal de piscinas de verano u otras causas.

En la nómina que os darán, donde viene reflejado el importe de esta parte de la paga, observaréis que es del año 2012, que os descuentan el porcentaje del IRPF correspondiente pero que no hay descuento por cotizaciones a la seguridad social, debido a que ya en su día se descontaron y cotizaron las cantidades.

Si tenéis alguna duda o aclaración al respecto estaremos a vuestra disposición.




jueves, 17 de septiembre de 2015

PAGA EXTRA 2012






El pasado 11 de Septiembre se publicó el R.D. Ley donde se hace efectiva la devolución del 26,23% de la paga extraordinaria de Diciembre de 2012 a los funcionarios y demás empleados públicos de la Administración Central. Además se autoriza a las Administraciones Autonómicas y Locales a que hagan lo propio.

Por tanto, en nuestro caso, la EMS, el Ayuntamiento de Tres Cantos debe devolvernos ese 26,23% de la paga, tal y como ha manifestado : " se devolverá la paga en el momento que el Gobierno lo autorice".
Esperemos que sea a la mayor brevedad posible y no como la devolución del 24,04 % anterior, que tardaron cuatro meses. Para quitarla es inmediato, para devolverla requiere su tiempo (sin intereses), cuestiones metafísicas.

El Comité de Empresa y la sección sindical de CC.OO. ya ha demandado este cumplimiento a la Dirección de la Empresa, además de recordarle que queda pendiente la otra  mitad, exactamente el 49,73 % de la paga, y como ha anunciado igualmente el Gobierno, a espera de que quede reflejado en la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2016, a partir de Enero de 2016 sea devuelto ese porcentaje.

Igualmente se le recuerda que las cantidades que nos deben de esta paga son para todos los trabajadores que la devengaron en 2012, estén o no actualmente en la Empresa trabajando.

A espera de la contestación de la Dirección al respecto, os mantendremos informados, estando a vuestra disposición.





lunes, 30 de marzo de 2015

DEVOLUCIÓN DEL 25% DE LA PAGA EXTRA ESQUILMADA


POR FIN EL 25% DE LA PAGA EXTRA 
 Estaréis recibiendo mediante una transferencia (fuera de la nómina) el 25 % (exactamente el 24,04%) de la paga extra que nos quitaron en diciembre de 2012, que, aunque podrían haberla abonado desde principios de año, lo han dejado hasta la fecha, tal vez por dejadez, tal vez  porque se avecinan las elecciones municipales.Sea como fuere, bienvenida sea, sin que eso signifique que no seguiremos luchando por la devolución del resto que nos deben. Recordar que este porcentaje que nos dan ahora no es una dádiva de nuestro eficaz Gobierno del PP, es la parte proporcional que todos los tribunales están considerando que ya estaba devengada y por tanto no tenían derecho a quitarla (del resto estamos a la espera).
Esta cantidad por transferencia que estamos recibiendo es para todos los trabajadores que en diciembre de 2012 tenían que haberla cobrado, aunque no estén ya trabajando en la empresa o actualmente estén de licencia o excedencia.

Por otra parte, algunos trabajadores habrán recibido también una cantidad por transferencia referente a atrasos del año pasado del plus de transporte extrasalarial, en este caso sólo lo están cobrando, evidentemente, aquellos a los que se les deba algo del citado plus (complemento del 2014 perteneciente al 2013, al ser un plus a año vencido), generalmente trabajadores fijos discontinuos o que disfrutaron de alguna licencia ese año. 

Si tenéis alguna duda al respecto, estamos a vuestra disposición.

También habréis observado que la nómina de este mes, una vez más incumpliendo nuestro Convenio, no se ha ingresado en fecha, como si al pagarnos la parte de la extra deberíamos estar satisfechos. Desde este Comité de Empresa y desde la Sección Sindical de CC.OO. se tomarán, una vez más, las medidas correspondientes.



jueves, 26 de febrero de 2015

PAGA EXTRA: MY DARLING PAGA...IT SEEMS


Hoy en el Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos, el Gobierno Municipal ha dicho que va a pagar el 25% de la paga extra, esperemos que esta vez sea de verdad. También esperamos que donde dicen funcionarios se refieran a todos los empleados públicos. Cuando nos la quitaron fue rápido el asunto, para devolverla (y eso que es una cuarta parte) hay que salvar muchos vericuetos burocráticos. Y no nos olvidemos del otro 75%.


LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PERMITE AL GOBIERNO LOCAL ABONAR LA PAGA EXTRAORDINARIA DE LOS FUNCIONARIOS ELIMINADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA EN 2012

El Gobierno municipal abonará el 25% de dicha paga

El primer teniente de Alcalde y concejal de Hacienda, Recursos Humanos, Obras y Servicios, Javier Juárez, ha anunciado, durante el Pleno Ordinario de febrero, que el Gobierno local abonará a los funcionarios públicos el 25% de la paga extraordinaria que el ministerio de Hacienda eliminó en diciembre de 2012.
Juárez ha señalado que “el Gobierno asume esta medida gracias a los resultados positivos que ha arrojado la liquidación de 2014 y que refleja una estabilidad presupuestaria de +1,37%, que consolida el saneamiento de las cuentas municipales”.
El concejal de Hacienda ha detallado que la liquidación presenta un superávit de 5,7 millones de euros y un ahorro positivo de 6,15 millones de euros. La estructura de las cuentas del Ayuntamiento de Tres Cantos refleja una estabilidad presupuestaria del +1,37%, con un remanente de tesorería negativo de 2,1 millones de euros.


viernes, 20 de febrero de 2015

¡AY! ¡AY¡ PAGA, PAGA...¡AY! DARLING ¡PAGA!


Desde que nos quitaron la paga extra en 2012 hemos insistido en su devolución por varios medios, actualmente estamos a la espera de los tribunales, en el juicio que se ha ido retrasando todo este tiempo.

A la espera, sin dejar de luchar por la recuperación de toda la paga, el Gobierno ha autorizado, según la disposición acordada en los Presupuestos Generales de este año, a los Ayuntamientos  la devolución del 25% de la paga a los empleados públicos. Ahora está en mano de éstos que cumplan con lo dicho. En Tres Cantos lo que ha venido diciendo su Alcalde desde diciembre de 2012 y recientemente en el Consejo de Administración de la EMS: en cuanto el Gobierno autorice el pago se pagará.

Pues bien, otro mes más se lo recordamos, para que cumpla con su palabra.


martes, 18 de noviembre de 2014

EL 25% DE LA PAGA EXTRA



El gobierno introduce en los PGE que los empleados públicos tengamos la posibilidad de cobrar parte de la paga extra robada en 2012. Concretamente lo devengado antes de aprobarse el decreto de 13 de Julio de 2012.

Bien, pues hacen de la necesidad virtud, porque los tribunales están dando la razón a CC.OO. en la inmensa mayoría de sus denuncias sobre este asunto, en las que se reclama la parte proporcional devengada y no percibida, como consecuencia del famoso decreto, pues ahora nos dicen que nos van a restituir el 25% (exactamente, 44 días o el 24,04 %) de esa paga extra, porque son muy buenos y hay que darnos algo.

 ¡¡PERO SI SON LOS DÍAS QUE DICEN LOS JUECES QUE HAN DE DARNOS!!
 Les van a obligar a devolvernos esa parte de la paga e intentan colárnosla como un acto de buena fe.

Sea como fuere, desde esta Sección Sindical de la EMS seguiremos demandando la paga extra robada en su totalidad. Respecto a "la buena voluntad" de la devoluciòn de parte de  la paga extra en Enero próximo, tal y como han manifestado nuestro Gerente y nuestro Presidente diciendo que se hará lo que diga la Ley, pues la Ley ya ha autorizado a todas las Administraciones Públicas  la devolución del citado 25%.

 Os dejamos aquí la solicitud al respecto, dirigida a la Dirección de nuestra empresa:

federación de servicios a la ciudadanía
             administración local

 


Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos


Mario Herráez Flores, en nombre y representación de la Federación de Servicios a la ciudadanía de CC.OO. de la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos S.A., y con domicilio a efectos de comunicación en la Calle la Fragua Nº 4 nave 6  EXPONE:


PRIMERO
Que el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su Artículo 2, referido a la Paga Extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público, suprimió la paga extraordinaria de dicho mes.

SEGUNDO
Que de conformidad con la disposición final decimoquinta, el RD-L 20/2012 entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, es decir el 15 de julio de 2012.

TERCERO
Que Real Decreto 20/2012 contemplaba la devolución, durante el año 2015, de la paga extra suprimida por el mismo.

CUARTO
Que el Consejo de Ministro del viernes 26 de Septiembre de 2014, aprobó el Proyecto  de Ley de Prespuestos Generales del Estado para el año 2015, que contempla la devolución del 25% de la paga extra eliminada  por el Real Decreto-Ley 20/2012, para los Empleados Públicos de la Adminsitración del Estado, habilitando a otras Administraciones y Empresas públicas para abonarlo durante el ejercicio 2015.


            Por todo ello SOLICITO:

Que, con independencia de que se resuelvan las acciones sindicales en vía administrativa y judicial sobre el abono de la totalidad de la paga extra suprimida en 2012, se proceda por parte de esta Empresa, a consignar en los  Presupuestos para el año 2015, los créditos suficientes   para abonar en el primer mes del año 2015, como mínimo los importes resultantes de la autorización contenida en la Ley General de Presupuestos del 2015.






                                                                               Mario Herráez Flores
Secretario General FSC-CCOO de la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos S.A.

martes, 18 de febrero de 2014

JUICIO PAGA EXTRA

Hoy hemos estado en el Juzgado de lo Social, acompañados por un compañero de UGT, para asistir al juicio (conflicto colectivo) en demanda de la paga extra que, como sabéis, nos quitaron en Diciembre de 2012. Este juicio era por la suspensión del primero, el año pasado en el mes de Abril, os lo comentamos en: demanda de la paga extra 25.03.13.

Y estamos igual, el juicio se ha suspendido y aplazado hasta el 4 de Junio de 2015, la juez argumenta que hay que esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo o el Constitucional en referencia a este asunto, de hecho cualquiera que hubiera sido el resultado de esta demanda sería recurrido por la otra parte, y como hay múltiples organismos o empresas públicas en la misma situación de demanda, se opta que resuelvan instancias superiores.

A la espera de ello -largo nos lo fían- seguiremos reclamando por todas las vías posibles la paga extra que nos birlaron, y recordando que para algunas cosas sí hay dinero, en algunos casos despilfarro del mismo, pero para la devolución de un derecho arrebatado no.

lunes, 25 de marzo de 2013

DEMANDA DE LA PAGA EXTRA



Como os anunciamos a principios de año, una vez constatado que no habíamos cobrado la paga extra de Diciembre, nos pusimos en disposición de presentar demanda de conflicto colectivo por el no devengo de dicha paga.

Desde que se publicó el Decreto, el mes de Julio pasado, donde se eliminaba la paga a todos los empleados públicos, comenzamos a realizar todas las acciones para tratar de evitar un nuevo ataque a los trabajadores, en este caso públicos pero, por mimetismo, a todos en general, desde el Gobierno, la troika, o los "mercados", nos da igual. Hubo, y sigue habiendo, movilizaciones por esto y por mil temas más, se llevó un escrito a la Defensora del Pueblo, se instó a las fuerzas políticas de la oposición a presentar mociones, etc.
En nuestro caso, la EMS, recordamos las palabras de nuestra presidenta del Comité que comunicó la voluntad del Alcalde de Tres Cantos (presidente de la EMS) de que cobraríamos la paga, aunque habría que ver la fórmula de hacerlo.

Llegados a este punto, CC.OO. elaboró una demanda de conflicto colectivo contra  la EMS, también presentada contra otras Empresas Municipales, organismos públicos y Ayuntamientos, donde, con una amplia  exposición de motivos jurídicos, se planteaba el cobro íntegro de la paga extra no devengada y subsidiariamente el pago de los quince días de Julio, al entrar en vigor el Decreto en esa fecha. A esta demanda se sumaron la Plataforma de Empleados Públicos y se presentó a principios de Febrero.

El pasado día 12 de Marzo fue el acto de conciliación de la demanda contra la EMS, a la cual se sumaron las Federaciones de UGT y CGT, con la presencia de la Sección Sindical de CC.OO. de la EMS, se echó en falta a las Secciones de UGT y CGT de nuestra empresa, y la postura de la demandada en este acto, como ya esperábamos, fue que ni pagaban la paga extra ni los quince días y que nos veríamos en el juzgado.

Ya os informaremos del resultado del juicio que próximamente, aún no hay fecha, se celebrará al respecto, aunque para algunos que ya han recibido cantidades o prebendas como para compensar esa paga extra, suponemos que les dará igual.

miércoles, 16 de enero de 2013

ACLARACIONES SOBRE LAS DEMANDAS DE LA PAGA EXTRAORDINARIA







Ante la necesidad de dar una respuesta adecuada a los ataques que los Empleados Públicos venimos sufriendo, la FSC-CCOO miembro de la Plataforma de Empleados Públicos ha decidido, junto con las organizaciones sindicales que forman parte de ésta, iniciar acciones que permitan una defensa jurídica, estableciendo para ello una estrategia común con el principal objetivo de facilitar la defensa a todos los empleados públicos, pero teniendo presente que debemos de aunar esfuerzos con el resto de organizaciones para garantizar el mejor resultado.
Ante las medidas aprobadas en el Real Decreto Ley 20/2012, de 11 de julio, emprenderemos inmediatamente un proceso de demandas que se ciñe a los siguientes aspectos:


¿Van a recurrir los sindicatos?
Sí, CC.OO. y el resto de los sindicatos miembros de la Plataforma iniciarían durante el mes de enero los recursos judiciales y administrativos contra el Real Decreto Ley 20/2011, para ello usaremos recursos colectivos iniciando las medidas judiciales pertinentes en diversos sectores públicos para paulatinamente ir ampliando las demandas garantizando la defensa jurídica al conjunto de los empleados públicos.

¿Cuándo se puede empezar a recurrir y hasta cuándo?
Una vez que ya se ha producido el hecho evidente de que no han pagado, es decir, a partir del mes de enero de 2013.
Está exceptuado de esta afirmación el personal al servicio de la Administración de Justicia, al cual ya han empezado a descontarle la parte proporcional desde agosto pasado y sobre los que ya se ha iniciado la reclamación.
Al ser una reclamación de cantidad, el personal funcionario dispone de cuatro (4) años, es decir, hasta enero de 2017 y, el personal laboral, de un (1) año, es decir, hasta enero de 2014 para poder iniciar la reclamación. Por ello no es necesario que todos los sectores y colectivos presenten la demanda al mismo tiempo.


¿Debemos recurrir todos y todas ya?
NO. Recurriremos en el momento más adecuado para cada ámbito, por lo tanto consideramos oportuno que esperéis al resultado de los recursos que interpondrán las organizaciones sindicales y que serán recursos que englobaran a todos los trabajadores afectados.
El plazo en caso de resolución favorable finaliza, dependiendo de la condición de personal laboral o funcionario, en 2014 o en 2017, por lo que no es necesario que todo el mundo lo presente a la vez.


¿Qué vía van a utilizar los sindicatos para recurrir?
Depende de los diferentes regímenes jurídicos del personal público:
En el caso del personal laboral que está regido por convenio, se presentarán paulatinamente conflictos colectivos en los diferentes ámbitos en los que haya convenios en vigor. Esta acción la llevarán a cabo los sindicatos de la plataforma legitimados en cada ámbito y permite obtener una resolución que afecta a todo el personal al que le es de aplicación el convenio colectivo.
En el caso del personal funcionario y estatutario, cada sindicato presentará un número concreto de recursos asegurándose que éstos abarquen todos los ámbitos sectoriales (Administración del Estado, Administración de la Comunidad Autónoma, Administración de Justicia, Educación o Sanidad, Administraciones locales, organismos autónomos, Empresas Publicas, etc.), intentando garantizar que los costes de las nuevas tasas judiciales no supongan un nuevo gravamen para los empleados públicos.
Así, no será necesario que recurráis todas y cada una de las personas en este momento. Cuando haya sentencias firmes de los primeros recursos, que esperamos que sean positivas, se podrá efectuar la extensión de sentencia que corresponda.


¿Qué van a pedir los sindicatos?
Los sindicatos pedirán dos cosas:
En primer lugar, el pago íntegro de la paga extra de Navidad de 2012. Pensamos que hay motivos para defenderlo, como la inadecuada utilización del decreto-ley.
La segunda cuestión, que se pedirá de forma subsidiaria, será el pago de los días devengados de la paga extra, puesto que el decreto-ley que la anula entró en vigor el 15 de julio. Sobre esta segunda petición hay abundante jurisprudencia.
                                                                                                                                           ¿Entonces, yo no puedo recurrir en nombre propio?
Cada persona puede recurrir por su cuenta. Pero no lo recomendamos.
Se debe tener en cuenta que con la nueva ley de tasas judiciales, los funcionarios por ejemplo están obligados a acudir con abogado/a y procurador/a, lo cual multiplica los costes de los recursos, puesto que hasta el momento no era necesario que acudieran con ese asesoramiento, sino que era voluntario.
Además, las costas se han generalizado y, en el caso de perder, las tasas del recurso también han aumentado, dicho esto y dado que la Plataforma ha decidido actuar de manera conjunta, creemos que está garantizada la defensa de todos los empleados públicos.

Yo ya he recurrido, ¿ahora qué hago?
Mantener tu demanda. Hay personas que han recurrido ya, normalmente presentando un recurso de alzada. En ese caso, deben ir hasta el final, presentando recurso contencioso y los recursos posteriores que sean necesarios hasta obtener una sentencia firme.
Si no se hace así, se puede considerar que el acto –la no percepción de la paga extra- ha sido consentido, con lo que esa persona sería excluida de una posible recuperación del pago por las vías que antes hemos expuesto.
En estos casos, os recomendamos que os dirijáis al sindicato. Tened en cuenta que todo se rige por plazos y el no cumplimiento de éstos puede invalidar todo el procedimiento.

Si hago caso de los sindicatos, ¿no se me pasará el plazo para recurrir?
   No. Como ya hemos dicho antes, esta cuestión hay que enfocarla como una reclamación de cantidad, de forma que hay cuatro (4) años, es decir, hasta enero de 2017 para el personal funcionario y un (1) año, es decir, hasta enero de 2014 para el personal laboral. Con el ritmo habitual de la Administración de Justicia, deberíamos tener sentencias firmes bastante antes de esa fecha.

Si tienes dudas acude a tu sindicato.






 
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