El pasado mes de Diciembre, llegando la Navidad y como "regalo" a los trabajadores, se aprobaron una serie de medidas que se sumaban a la Reforma Laboral para dotar a los empresarios de más poder de actuación contra los derechos de los trabajadores, algo habitual en estos años y que pasó desapercibido, tal vez porque estamos tan machacados que un golpe más ni lo notamos, aquí lo publicamos en más reforma laboral.
Nos vamos a centrar en uno de los puntos, de esas medidas, que creemos es de bastante importancia: el contrato de jornada flexible a placer del empresario.
Es el contrato a tiempo parcial de toda la vida, pero que con los diversos cambios históricos producidos en la legislación y especialmente con el R.D.16/2013 de Diciembre ya comentado, ha pasado a ser un contrato con total flexibilidad para el empresario, que puede jugar con el tiempo y con el propio trabajador para hacer lo que ha venido haciendo siempre, joderlo, pero ahora más legal que nunca.
Veamos alguna de sus características:
En el contrato a tiempo parcial, de al menos de 10 h. semanales, se podrá establecer un pacto de horas complementarias tanto en el momento de la firma como posteriormente, de forma voluntaria. Hasta aquí lo que ya existía, que utilizado adecuadamente beneficia a ambas partes. Otra cosa es la utilización de esas horas, siempre con el criterio del empresario ibérico maravilloso que crea riqueza.
Las horas complementarias suben de porcentaje, ahora se podrán hacer hasta un 60% de su jornada de trabajo, ampliables otro 30% si el trabajador es indefinido.Antes, el trabajador para poder hacer horas complementarias debía ser indefinido, ahora podrán hacer estas horas trabajadores temporales.
Antes el preaviso para hacer las horas complementarias era de 7 días, ahora es de 3, y todos sabemos que, conociendo las coacciones sutiles de nuestros cabestros empresarios, puede que se reduzca bastante más.
Sumando la jornada a tiempo parcial más las horas complementarias, el trabajador no podrá llegar a la jornada a tiempo completo, pero si un segundo menos.
Qué significan estos cambios que parece que benefician a todos, pues que "todos" es el empresario. Así, éste podrá contratar a un trabajador parcialmente, de forma eventual y con un pacto de horas (también le podrá añadir, si quiere rizar el rizo, el nuevo contrato para emprendedores con un año de prueba y despido gratis) y el empresario se convertirá en el dueño y amo del trabajador (lo que llaman flexibilidad), podrá llamarle para trabajar y hacer muchas horas si se porta bien, si protesta bajarán las horas, si vindica alguna cosa desaparecerán por arte de magia dichas horas, podrá también comparar y alienar a los distintos trabajadores con su varita, en definitiva, dispondrá del sumiso (antes llamado trabajador) para lo que necesite, dándole la zanahoria con más o menos longitud de cuerda.
Menos mal que esta variación del contrato parcial a "contrato flexible" sólo ocurrirá en una minoría de empresas con jefes desalmados, en nuestra empresa, por ejemplo, los contratos de este tipo y la realización de horas complementarias... y los aumentos de jornada, los trabajos de superior categoría, los cambios de puesto de trabajo, la formación... se hacen con un rigor exquisito, con equidad manifiesta y un cumplimiento escrupuloso de la legislación vigente.
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lunes, 28 de abril de 2014
EL CONTRATO DE JORNADA VARIABLE AL GUSTO DEL EMPRESARIO
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patrondesastre
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4/28/2014 03:48:00 p. m.
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CC.OO.,
reforma laboral 2013
lunes, 30 de diciembre de 2013
MÁS REFORMA LABORAL
Un complemento a la Reforma Laboral del pasado año fue aprobado el pasado día 20 de Diciembre mediante el R.D.16/2013, otras nuevas medidas o nueva vuelta de tuerca en la mayoría de las actuaciones que este Gobierno implementa contra los trabajadores y a favor de las empresas en las relaciones laborales.
- Empecemos con el único cambio que es beneficioso, se amplía la edad de los de 8 a 12 años de los hijos para poder acogerse a la reducción de jornada por cuidado de éstos.
- En los contratos a tiempo parcial se eliminan las horas extras que introdujo la Reforma, pero se podrán hacer horas complementarias aunque no sea contrato indefinido, a partir de ahora en los contratos temporales a tiempo parcial también se podrán hacer esas horas, con lo que el empresario ya tiene "su contrato flexible", tendrá a su libre disposición al trabajador, además se pasa de 7 a 3 días para el preaviso correspondiente, se suprime el modelo oficial donde se acordaba las horas complementarias y el contrato es bonificado en las cotizaciones patronales.
- Se suprime la obligatoriedad de poner la distribución del tiempo contratado en el contrato, salvo que lo marque el Convenio.
- Se potencia la distribución irregular de la jornada anual en otros años, otra flexibilidad interna, que puede estar bien en determinados sectores, pero que todos sabemos como la utilizará el empresario.
- Se permite la realización del contrato indefinido de apoyo a emprendedores a tiempo parcial, esto es, el contrato con un año de prueba y despido gratis.
- Se establece la posibilidad de realizar más de una interrupción de la jornada de trabajo por cualquier convenio.
- Desaparece la preferencia para retornar a jornada completa cuando voluntariamente se haya novado a tiempo parcial.
- Las ETT podrán hacer contratos en prácticas, sumándose a los contratos de formación y aprendizaje que ya podían desde Febrero pasado.
- A partir de ahora cotizarán percepciones que antes no cotizaban: plus de transporte, planes de pensiones, vales comida, cheques guardería, ayudas al estudio, seguros médicos...
Medidas que tienen como único objetivo la desregularización del mercado laboral, no para crear más empleo, como lo demuestra la Reforma Laboral , un ataque a los trabajadores para satisfacer las ansias del empresariado español y la precarización del trabajo.
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patrondesastre
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12/30/2013 07:34:00 p. m.
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reforma laboral 2013
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