Tres Cantos

viernes, 19 de mayo de 2023

PERMISO RETRIBUIDO A LOS TRABAJADORES EL DÍA 28/05/23: ELECCIONES AUTONÓMICAS Y LOCALES.

  



Estos son los permisos retribuidos para todos los que trabajen  y quieran votar, voten por correo o participen como miembros de mesa, interventores o apoderados en las próximas elecciones locales y autonómicas de 28 de mayo de 2023.



Cuando en esta norma se refiere a los trabajadores que hacen una jornada inferior a la habitual, se está haciendo mención a aquellos trabajadores que en el día de las elecciones hacen una jornada inferior a 7 horas ese día (jornada habitual de trabajadores a tiempo completo). Así si ese día cualquier trabajador, independientemente de su contrato, trabaja seis o más horas dentro del horario de apertura de las mesas electorales (de 9h. a 20 h.) dispondrán de cuatro horas retribuidas de su jornada laboral. Igualmente para el resto de casos que marca la norma en inferiores horas de trabajo.

Para que no hubiera interpretaciones ya se aclaró esto, conforme a lo establecido por la Dirección General de Trabajo y la Junta Electoral Central, en la Comisión Paritaria de 29/05/15.

IMPORTANTE: entregar justificante acreditativo a la Empresa de la mesa electoral donde se vota.


PERMISOS RETRIBUIDOS A LOS TRABAJADORES: ELECCIONES 28/05/2023

RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se regulan, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los permisos retribuidos
de las personas trabajadoras a fin de que puedan ejercer sus derechos electorales
en las elecciones autonómicas y locales convocadas para el día 28 de mayo de 2023.

Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, de 16
de abril, de Regulación Complementaria de los Procesos Electorales, se hace preciso, previo
acuerdo con la Delegación del Gobierno de Madrid, establecer, en el ámbito de la Comunidad
de Madrid, las medidas que han de seguirse en relación con los permisos retribuidos
de las personas trabajadoras en las elecciones a celebrar el domingo 28 de mayo 2023,
convocadas mediante  Real Decreto 27/2023, de 3 de abril.

En virtud de lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, y previo acuerdo con la Delegación del Gobierno en la Comunidad Madrid, esta Dirección General de Trabajo.

RESUELVE


1. Permisos retribuidos para las personas trabajadoras que participen como electores
(artículo 13.1 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril).

a) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura
de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas: No tendrán
derecho a permiso retribuido.
b) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y
menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán
de permiso retribuido de dos horas.
c) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas
y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: Disfrutarán de
permiso retribuido de tres horas.
d) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con
el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido
de cuatro horas.

Las personas trabajadoras cuya prestación de trabajo deba realizarse el día 28 de mayo
de 2023 lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se derive la dificultad
para ejercer el derecho de sufragio dicho día tendrán derecho a que se sustituya el permiso
anterior por un otro de idéntica naturaleza, destinado a formular personalmente la solicitud
de la certificación acreditativa de su inscripción en el Censo, que se contempla en el
artículo 72 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y sus
sucesivas modificaciones, así como para la remisión del voto por correo.

La duración del permiso se calculará en función de los mismos criterios anteriormente
señalados de acuerdo con los horarios de apertura de las Oficinas de Correos.
En todos los supuestos anteriores cuando, por tratarse de personas trabajadoras contratadas
a tiempo parcial, realizasen una jornada inferior a la habitual en la actividad, la duración
del permiso antes reseñado se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de
trabajo que desarrollen y la jornada habitual de las personas trabajadoras contratadas a
tiempo completo en la misma empresa.

Corresponderá a la empresa la distribución, en base a la organización del trabajo, del
período en que las personas trabajadoras dispongan del permiso para acudir a votar.

2. Permisos retribuidos para personas trabajadoras que tengan la condición de presidente
o vocales de las mesas electorales, interventores y apoderados (artículos 13.3 y 4 del
Real Decreto 605/1999, de 16 de abril).

Las personas que ejerzan de presidente, vocal e interventor tendrán derecho a permiso
retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al
día inmediatamente posterior.

Cuando se trate de personas que ejerzan de apoderados, el permiso comprenderá únicamente
la jornada correspondiente al día de la votación.

Si alguna de las personas trabajadoras comprendidas en este apartado hubiera de trabajar
en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa,
a petición de aquellas, deberá cambiar el turno, a efectos de poder descansar la noche
anterior al día de la votación.

3. Reducciones de jornada.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores, las
reducciones de jornada derivadas de los permisos previstos en el Real Decreto 605/1999,
de 16 de abril, y desarrollados en los anteriores apartados, no supondrán merma de la retribución
que por todos los conceptos vinieran obteniendo las personas trabajadoras, sirviendo
como justificación adecuada la presentación de certificación de voto o, en su caso, la
acreditación de la mesa electoral correspondiente.

DISPOSICIÓN FINAL
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 26 de abril de 2023.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla
(04/05/23)

viernes, 28 de abril de 2023

1º DE MAYO

 






CCOO de Madrid ha puesto en marcha una ambiciosa iniciativa que pretende poner en valor el trabajo de miles de personas que forman parte de la organización y que día a día trabajan para construir una sociedad mejor. Una labor imprescindible para transformar los espacios de convivencia, para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y trabajadoras y para construir un mundo más justo. ”Es el momento de salir a la calle para conectar con una parte de la sociedad con la que aún no conectamos, o porque no conoce nuestro trabajo o porque tiene una imagen muy distorsionada de él”.

Una iniciativa que quiere dar a conocer la labor, en los centros de trabajo, en las instituciones y en las calles, de una organización transformadora de la sociedad y a la ofensiva en la defensa de los derechos de las personas, para dar respuesta a las necesidades de estas; una organización útil, contemporánea, cercana y diversa en la que cabe todo el mundo, sea como sea, tengan la edad que tengan, vistan lo que vistan o trabajen donde trabajen.

Este proyecto, que se extenderá a lo largo de los próximos meses, se inicia con una primera fase en la que a través de diferentes materiales audiovisuales, se realizará un llamamiento a la participación en el próximo 1º de Mayo, donde  las personas son las protagonistas. Gente muy diversa pero que tienen en común su espíritu de lucha y su compromiso, unos valores de justicia e igualdad que CCOO ha mantenido en el tiempo sin perder de vista el futuro. Una diversidad en la que reside la fuerza del sindicato y que ha llevado a CCOO a conseguir los derechos que hoy disfrutamos y a pelear por mantenerlos y ampliarlos en el día a día garantizando un futuro cada día más justo. La fuerza colectiva que evoluciona día a día, adaptándose a multitud de factores que intervienen en una región en constante cambio como la madrileña. En definitiva la fuerza de una diversidad para mejorar la vida de todas las personas y que hace de CCOO la organización sindical líder en la Comunidad de Madrid. 



miércoles, 26 de abril de 2023

ACTA COMISIÓN PARITARIA 14.04.23

 















ELECCIONES SINDICALES 2023 EMS: RESULTADOS

 


El pasado día 21 de abril se celebró la votación de las ELECCIONES SINDICALES en la EMS, para elegir a los trece representantes de los trabajadores que formaran parte del COMITÉ DE EMPRESA, quedando el día 24 de abril registrada el acta de este proceso en la Dirección General de Trabajo.


Los RESULTADOS han sido:
  
CENSO ELECTORAL: 293 electores
VOTOS VÁLIDOS:        200
VOTOS NULOS:             6 (2,9%)
VOTOS BLANCOS:       1 (0,49%)
VOTANTES:                  207 (70,6%)
  
COMISIONES OBRERAS (CC.OO.):                                                              107 votos (53,8%)

CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE DE FUNCIONARIOS (CSIF): 92 votos (46,2%)


De esta forma quedan establecidos los trece miembros del Comité de Empresa de la EMS:

CC.OO. :  7 representantes

CSIF:       6 representantes


Desde esta Sección Sindical de CC.OO. haremos todo lo posible para no defraudar a todos los trabajadores que han puesto su confianza en nosotros para que seamos sus representantes en la defensa de los derechos laborales y del cumplimiento del Convenio Colectivo y demás legislación vigente, en base siempre al principio de igualdad para TODOS en este objetivo común para el mejor funcionamiento de esta empresa  y las relaciones laborales en la misma. Por supuesto, cuando decimos TODOS nos referimos a los que han votado a CC.OO., a los que han votado a la otra candidatura CSIF, a los que han votado papeletas nulas o en blanco, a los que no han votado o a los que se incorporen en la empresa.

Gracias a todos por la participación en estas elecciones sindicales.


Estamos a vuestra disposición para cualquier sugerencia, crítica, exigencia o aclaración en cualquier asunto que nos demandéis.

jueves, 20 de abril de 2023

FORMACIÓN EMS: PLAZAS DISPONIBLES PARA CURSOS DEL PLAN DE FORMACIÓN 2023



A continuación os recordamos, según información recibida por el área de formación de la EMS, que sigue abierto el plazo de inscripción  con plazas disponibles en los siguientes cursos del Plan de Formación:

ABRIL Y JUNIO

Comunicación exitosa para una atención de calidad al usuario: 30 horas.

Específico para personal administrativo y/o que desempeñen funciones de atención al público, voluntario para el resto de personal

Turno tarde: jueves 27/04, jueves 04/05, martes 09/05, jueves 11/05, martes 16/05 y jueves 18/05 de 15:30 a 20:30 h

Turno mañana: miércoles 07/06, viernes 09/06, miércoles 14/06, viernes 16/06, lunes 26/06, martes 27/06 de 09:30 a 14:30 h

 

MAYO

Prevención de daños: técnicas, ejercicios y hábitos posturales: 30 horas

Específico para personal de Limpieza, voluntario para el resto de personal 

2ª edición: martes 23/05, jueves 25/05, martes 30/05, jueves 01/06, martes 06/06, jueves 08/06 y martes 13/06 de 15:30 a 20:30 h y jueves 15/06 de 19:00 a 21:00 h

 

SEPTIEMBRE

Taller de ahorro y eficiencia energética en instalaciones de uso público: 40 horas

Específico para personal de Instalaciones Deportivas, voluntario para el resto de personal

Turno mañana: miércoles 13/09, jueves 14/09, viernes 15/09, lunes 18/05, jueves 21/09,

lunes 25/09, martes 26/09 y jueves 28/09 de 09:00 a 14:00 h

 



 


 

 

 


FONDO DE ACCIÓN SOCIAL 2022

 


En estos días recibiréis el documento para solicitar el Fondo de Acción Social del año 2022,  si no fuera así lo podéis solicitar en el departamento de personal de la EMS o a vuestro Jefe de Área.


Este documento es para solicitar las prestaciones sociales, recogidas en el art. 43 del Convenio Colectivo, apartado b., del año pasado 2022. Se entregará a través del correo electrónico:personal@emstrescantos.es  adjuntando toda la documentación necesaria según el apartado dentro de los distintos conceptos solicitados para esta prestación, reflejados en la propia solicitud.

Según el Convenio Colectivo se concederá a todos los trabajadores que lo soliciten en el plazo correspondiente (hasta el 15 de JUNIO de 2023) y tengan un año de antigüedad.  La Comisión Paritaria Socio-Laboral resolverá todas la solicitudes y se abonarán estas prestaciones durante este año 2023. 

Estamos a vuestra disposición para cualquier aclaración o duda, igualmente para facilitaros el acceso a la solicitud y su entrega si así lo deseáis.



ACTA REUNIÓN COMITÉ DE EMPRESA EMS 18.04.23

 


lunes, 17 de abril de 2023

VOTO POR CORREO ELECCIONES SINDICALES EMS

 



Si no puedes votar presencialmente el día 21 de Abril de 2023, puedes votar por correo, aquí os dejamos los pasos a seguir según la normativa vigente:


  •  Solicitar a la mesa electoral (presidente, vocal o secretario) el voto por correo, las papeletas de las candidaturas  y el sobre electoral, por escrito o por correo electrónico:mesa.electoral@emstrescantos.es

  •  Introducir la papeleta de la candidatura elegida en el sobre electoral.

  •  Introducir el sobre cerrado con la papeleta elegida en otro sobre más grande junto a la fotocopia del DNI. Poner en el remite los datos del elector y en la dirección a enviar: Mesa Electoral Elecciones Sindicales EMS, c/Fragua, 4 nave 6. 28760 Tres Cantos.

  •  En la oficina de Correos certificarlo administrativamente (el funcionario fechará y sellará el sobre electoral antes de cerrar el sobre más grande) a la dirección anterior. 

  •  Se computarán todos los votos por correo que lleguen antes de las 18:00 h. (hora de cierre de la mesa para votar) del día 21 de Abril de 2023.




Os recomendamos si queréis votar por correo, enviéis el voto certificado lo antes posible para que llegue a tiempo.
 
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