El departamento de personal de la EMS ha remitido a todos los trabajadores, la tendréis en los tablones de anuncios de vuestro centro de trabajo, la siguiente nota recordando la justificación correcta de la atención sanitaria de los trabajadores o de sus familiares dependientes (hijos, mayores, discapacitados o familiares, en definitiva, que no puedan desplazarse por su cuenta al médico o que por prescripción facultativa necesiten ser acompañados por el propio trabajador).
Entendemos este justificante y el correspondiente preaviso a la Empresa, siempre respetando la confidencialidad y la intimidad del trabajador, por tanto, lo que no entendemos es la necesidad de exponer la especialidad médica. El facultativo es el que facilita el justificante y son los servicios de salud correspondientes los que citan al paciente, y pocas veces se puede elegir el horario de la cita, en cuanto a atención en especialidades.
Recordar a la Dirección de la Empresa que un trabajador no va al médico para dejar de trabajar esas horas, va al médico porque está enfermo o lo están sus familiares, por tanto están en su derecho de pedir el justificante, el trabajador ya sabe que debe facilitárselo, y de tomar las medidas que considere dentro de la legalidad, pero creemos que no es el problema fundamental de esta Empresa las faltas injustificadas, tal vez en algunos servicios lo que sí está siendo un problema son las enfermedades por una sobrecarga de trabajo o la no adecuación de las medidas de prevención o el clima laboral de desmotivación por las medidas que emanan de su gestión. Ya nos gustaría que nos recordase en otras notas, igual que la obligatoriedad de presentar el justificante adecuado, el cumplimiento de todas las demás normas de la legislación laboral que están incumpliendo sistemáticamente.
lunes, 11 de noviembre de 2013
JUSTIFICANTE MÉDICO
Publicado por
patrondesastre
el
11/11/2013 08:43:00 p. m.
Enviar por correo electrónico
Escribe un blog
Compartir en X
Compartir con Facebook
Etiquetas:
justificante médico
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario