La Cámara de Cuentas de la Comunidad ha emitido un informe sobre los contratos del sector público madrileño en el ejercicio 2011 en el que denuncia una serie de irregularidades y hace una serie de recomendaciones a ayuntamientos. Entre los municipios analizados está Tres Cantos. El examen se refiere al ejercicio 2011, cuando gobernaba José Folgado.
CONTRATOS EN LA EMS
En Tres Cantos, el objeto de examen ha sido la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos. Según dice el informe en el apartado V.2.39, "la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos invitó a presentar oferta para participar en el procedimiento negociado sin publicidad celebrado para adjudicar el contrato del servicio médico de piscinas a tres empresas, de las que dos comparten los órganos de administración y dirección".
"El órgano de contratación, en virtud del principio de buena administración", prosigue el informe, "debe desarrollar todas las actuaciones necesarias para promover eficazmente la concurrencia de manera que, obteniendo varias ofertas válidas, garantice razonablemente la adecuación de los precios al mercado".
La conclusión del informe es que en diversos procedimientos negociados sin publicidad (entre los que está la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos), los órganos de contratación no promovieron eficazmente la mínima concurrencia exigible en estos procedimientos excepcionales de adjudicación.
La conclusión del informe es que en diversos procedimientos negociados sin publicidad (entre los que está la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos), los órganos de contratación no promovieron eficazmente la mínima concurrencia exigible en estos procedimientos excepcionales de adjudicación.
RECOMENDACIONES
El informe hace una serie de recomendaciones a los Ayuntamientos: "Los órganos de contratación deben potenciar la utilización de procedimientos de adjudicación acordes con los principios de publicidad y libre concurrencia, limitándose a utilizar los procedimientos negociados sin publicidad cuando puedan justificar detallada y razonadamente la efectiva concurrencia de alguna de las circunstancias que permiten el recurso a este procedimiento excepcional".Asimismo, puntualiza el informe, en estos casos de utilización de los procedimientos negociados sin publicidad, "los órganos de contratación deben promover, si es posible, una concurrencia real y efectiva, de manera que se obtengan varias ofertas con las que poder negociar las condiciones del futuro contrato".
F.C.
boletintricantino.com
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1 comentarios:
El que esta al volante no sabe conducir. No pidamos peras al olmo porque no las da, y si da algo son bellotas.
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