Como se acordó en la pasada Asamblea de Trabajadores, os dejamos aquí el mes de pasado las actas de las distintas reuniones al respecto de la revisión del convenio. Ahora os dejamos el acta de la siguiente reunión del día 4 de Mayo,continuación de la citada revisión. En otros puntos debatidos en la Asamblea o en sugerencias recibidas de los trabajadores no ha habido acuerdo.
ACTA.- COMISIÓN PARITARIA DE SEGUIMIENTO, INTERPRETACIÓN Y DESARROLLO DEL CONVENIO
En Tres Cantos, en las dependencias administrativas de la EMSTC S.A. (EMS), se reúne el día 4 de
Mayo de 2017 a las 13:00h. la Comisión Paritaria de Seguimiento,
Interpretación y Desarrollo del Convenio, compuesta por:
José Mª Dorado
Aguado, director gerente de la EMS
Isidro García
Rodríguez, encargado general de la EMS
Manuel Coutado
Pascual, representante de los trabajadores de la EMS (UGT)
Mario Herráez Flores,
vicepresidente del Comité de Empresa de la EMS (CCOO)
Damián Calle
Domínguez, presidente del Comité de Empresa de la EMS (CCOO)
con el único punto en el
orden del día: Revisión del
Convenio Colectivo de la EMS
Como se acordó en la última reunión de esta Comisión
Paritaria, el pasado día 4 de Abril de 2017, una vez presentadas y repasadas
las actas de todas las reuniones habidas al respecto de esta revisión del
Convenio Colectivo, se convocó a la partes en el día de hoy para atender las
posibles sugerencias a lo acordado hasta la fecha y manifestar lo que crean conveniente al
objeto de esta Comisión.
ARTÍCULO 17. Punto d)
Los representantes de CCOO creen necesario adecuar las
puntuaciones de los cursos en este apartado de Otras titulaciones de enseñanza no reglada.
Se observa que la puntuación de los cursos realizados
referenciados en esos tramos de horas no está suficientemente ponderado, tanto
en la amplitud del tramo correspondiente como en la progresión de la puntuación.
Así, por ejemplo, tres cursos de 20 horas puntúa igual que un curso de 300
horas o cuatro cursos de 2 horas igual que uno de 100 horas; igualmente, un
curso de 101 horas puntúa igual que uno de 300 horas, etc.
Se debate la mejor forma para que las puntuaciones sean lo
más igualitarias tanto en la duración de
la formación como en su puntuación.
Se acuerda, para la valoración de los cursos en este
apartado d), establecer una puntuación de 0,0033 puntos por cada hora de
formación.
El punto d) queda redactado de la siguiente forma:
d) OTRAS TITULACIONES DE ENSEÑAZA NO REGLADA.
Se valorará la acreditación
de cursos de formación y perfeccionamiento, de carácter no académico, en
materias relacionadas con las funciones propias de la plaza convocada o de los
servicios que la Empresa venga prestando y que la Comisión Socio-Laboral
determine, impartidos por cualesquiera de las Administraciones Públicas y
Universidades, organizaciones sindicales y empresariales y entidades
acreditadas por la Administración como centros de formación, así como centros
privados de reconocida solvencia.
La puntuación de los cursos se valorará en 0,0033 puntos por cada
hora de formación de todos los cursos presentados relacionados con el puesto de
trabajo objeto de la convocatoria, con el límite máximo total de puntuación de
2 puntos. Si no se especifica duración se valorará como si la misma fuera de
una hora.
Se firman las actas de las anteriores reuniones y se convoca
a esta Comisión Paritaria para el próximo día 16 de Mayo de 2017 a las 12h.
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