- Empecemos con el único cambio que es beneficioso, se amplía la edad de los de 8 a 12 años de los hijos para poder acogerse a la reducción de jornada por cuidado de éstos.
- En los contratos a tiempo parcial se eliminan las horas extras que introdujo la Reforma, pero se podrán hacer horas complementarias aunque no sea contrato indefinido, a partir de ahora en los contratos temporales a tiempo parcial también se podrán hacer esas horas, con lo que el empresario ya tiene "su contrato flexible", tendrá a su libre disposición al trabajador, además se pasa de 7 a 3 días para el preaviso correspondiente, se suprime el modelo oficial donde se acordaba las horas complementarias y el contrato es bonificado en las cotizaciones patronales.
- Se suprime la obligatoriedad de poner la distribución del tiempo contratado en el contrato, salvo que lo marque el Convenio.
- Se potencia la distribución irregular de la jornada anual en otros años, otra flexibilidad interna, que puede estar bien en determinados sectores, pero que todos sabemos como la utilizará el empresario.
- Se permite la realización del contrato indefinido de apoyo a emprendedores a tiempo parcial, esto es, el contrato con un año de prueba y despido gratis.
- Se establece la posibilidad de realizar más de una interrupción de la jornada de trabajo por cualquier convenio.
- Desaparece la preferencia para retornar a jornada completa cuando voluntariamente se haya novado a tiempo parcial.
- Las ETT podrán hacer contratos en prácticas, sumándose a los contratos de formación y aprendizaje que ya podían desde Febrero pasado.
- A partir de ahora cotizarán percepciones que antes no cotizaban: plus de transporte, planes de pensiones, vales comida, cheques guardería, ayudas al estudio, seguros médicos...
Medidas que tienen como único objetivo la desregularización del mercado laboral, no para crear más empleo, como lo demuestra la Reforma Laboral , un ataque a los trabajadores para satisfacer las ansias del empresariado español y la precarización del trabajo.
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