Tres Cantos

lunes, 5 de mayo de 2014

REFORMA DE LA LEY DE MUTUAS



El Consejo de Ministros aprobó el 20 de diciembre de 2013 el Anteproyecto de Ley   por el que se modifica la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Hasta ahora, las mutuas, formadas por asociaciones de empresarios, se hacen cargo del salario de las personas trabajadoras y asumen competencias en la expedición de bajas y altas médicas en caso de accidentes o enfermedades producidas en el trabajo. Pero con la reforma planteada por el Gobierno, estas empresas, que pasarán a denominarse “mutuas de la Seguridad Social”, también gestionarán las enfermedades comunes de las trabajadores.


   La Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras rechaza el contenido del anteproyecto de la Ley de Mutuas y se opone a que éstas intervengan en la gestión de la enfermedad común. CC.OO. denuncia algunas de las consecuencias que podrían llegar a tener con su aprobación y propone, en el caso de que se apruebe esta ley, que se negocien cláusulas en los convenios colectivos que limiten su aplicación y que se fomente la elección de delegadas y delegados de prevención, así como comités de seguridad y salud laboral en las empresas y administraciones públicas. Durante la tramitación parlamentaria, CC.OO. tratará de frenar esta norma  porque “la salud de la gente que trabaja no puede estar exclusivamente en manos de las mutuas. No podemos olvidar que, aunque gestionan dinero público de la Seguridad Social que cotizamos todos y todas las trabajadoras, son asociaciones de empresarios que defienden sus intereses”



    El Anteproyecto de Ley de Mutuas es un nuevo ataque contra los derechos de los trabajadores así como a la ciudadanía, a través de la reforma del texto refundido de la Ley de la Seguridad Social. La reforma abre la puerta para que las mutuas puedan asumir nuevas funciones y prestaciones del sistema sanitario público. Cambia la denominación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por Mutuas de la Seguridad Social, y este matiz no es semántico sólo, pretende dar cobertura a las modificaciones propuestas y a las que en un futuro pueda haber.


Por eso, consideramos que ES UN ANTEPROYECTO DE LEY, INJUSTO, INEFICAZ, INÚTIL E
INCONSTITUCIONAL:

INJUSTO porque recorta derechos a los trabajadores (a ponerse enfermo, a reclamar, a tener tratamiento médico adecuado...) y solo amplia derechos a los empresarios.

PERMITE QUE LOS EMPRESARIOS PUEDAN PARTICIPAR EN LA DECISIÓN DEL ALTA
MÉDICA DE LOS TRABAJADORES A TRAVÉS DE LAS MUTUAS
Porque las mutuas, podrán en los casos de bajas comunes (expedidas por los médicos del sistema público de salud) hacer propuestas de alta desde el primer día. Si tras la propuesta, en 5 días no hay una respuesta por parte del médico del sistema público de salud, la mutua podrá realizar un alta por silencio administrativo que comunicará a los trabajadores, y que surtirá efectos el primer día hábil siguiente a su notificación. Este proceso es abusivo y produce indefensión, puesto que no hay TRÁMITE DE AUDIENCIA al trabajador/a previo a la propuesta de alta.

PROVOCA INDEFENSIÓN JURÍDICA DE LOS TRABAJADORES 
Porque en este proceso se considerará el silencio administrativo positivo para dar el alta al trabajador, sin que se le informe de nada ni se le permita reclamar (ya que el alta será automática), creando una gran indefensión jurídica a la clase trabajadora.

FACILITA A EMPRESARIOS EL DESPIDO POR ESTAR ENFERMO
Si ya en la reforma laboral, se ampliaron las causas de despidos por razones objetivas, considerando que las ausencias por motivos de salud de menos de 21 días podrían ser causa legal de despido, en este anteproyecto, se le da la competencia del control de las bajas a las mutuas desde el primer día de la IT por enfermedad común, y el derecho a las propuestas de alta médica que si en 5 días no se responden por el sistema público de salud supondrán un alta automática. Todo ello con la finalidad de reducir sin criterios de salud la duración de las bajas.

CRIMINALIZA A LAS PERSONAS ENFERMAS Y A LOS PROFESIONALES SANITARIOS
Porque da entender, que las personas enfermas y los profesionales sanitarios actúan fraudulentamente y por ese motivo hay tanto absentismo injustificado. No hay ningún estudio que confirme tales afirmaciones. En cambio al contrario si hay estudios que acreditan que entre un 17 al 20% el fraude lo cometen las Mutuas, que no se hacen cargo de las enfermedades profesionales ni accidentes de trabajo y los derivan al sistema público de Salud.

INEFICAZ porque privatiza y recorta en lugar de garantizar derechos.

POTENCIA UN SISTEMA DUAL DEL MODELO SANITARIO, ROMPIENDO EL PRINCIPIO DE EQUIDAD, ACELERANDO LA PRIVATIZACIÓN DE LA SANIDAD
Las mutuas podrán realizar todo tipo pruebas diagnósticas y quirúrgicas, pero solo para los trabajadores en activo afiliados a mutuas. Ello potenciará una Sanidad para la población en activo y otra para el resto de la ciudadanía, dando prioridad en la asistencia a la población en activo, saltándose las listas de espera, acelerando de esta manera la privatización de la sanidad.

SUPONDRÁ  UN  DESCENSO  MAYOR  DEL  REGISTRO  DE  ENFERMEDADES
PROFESIONALES
Porque con esta propuesta de ley las mutuas podrán conocer todas las patologías de las personas que están en procesos de IT. Se da el control de las IT comunes a quien tiene que pagar si se demuestra que la patología es por causas laborales, dándole acceso a información extralaboral de los trabajadores, para evitar el reconocimiento aun más de las enfermedades profesionales alegando patologías anteriores.

INVADE COMPETENCIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Porque impide que las Comunidades Autónomas puedan ejercer su competencia de control de la actividad sanitaria de las mutuas y a los médicos de los servicios públicos en relación a su capacidad para dar el alta médica. Significará que los sistemas sanitarios públicos de las diferentes autonomías serán subsidiarios al Estado, lo que supone una recentralización.

INÚTIL Porque se sitúa la causa en el absentismo injustificado y no se orienta hacia
la prevención y la mejora de las condiciones de trabajo que es la causa real del problema.

PORQUE RETROCEDE Y ELIMINA LAS POLÍTICAS PREVENTIVAS DE LAS MUTUAS
En vez de priorizar las causas de la enfermedad para poder promover medidas preventivas, fomenta e intensifica el control del absentismo, Obviando que en los últimos años ha disminuido notablemente el índice de bajas médicas, no porque las personas están más sanas, sino porque lo que ha aumentado es el presentismo laboral (ir a trabajar estando enfermo).

INCONSTITUCIONAL porque atenta contra derechos fundamentales.


Porque supone una discriminación en la igualdad de trato, entre la población en activo y el resto y vulnera el derecho constitucional a una tutela judicial efectiva. Porque el carácter universal de la Sanidad pública se cuestiona por criterios economicistas, aumentando las desigualdades sociales.

CC.OO. RECHAZA EL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE MUTUAS POR INJUSTO, INEFICAZ, INÚTIL E INCONSTITUCIONAL




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