Tres Cantos

martes, 18 de noviembre de 2014

EL 25% DE LA PAGA EXTRA



El gobierno introduce en los PGE que los empleados públicos tengamos la posibilidad de cobrar parte de la paga extra robada en 2012. Concretamente lo devengado antes de aprobarse el decreto de 13 de Julio de 2012.

Bien, pues hacen de la necesidad virtud, porque los tribunales están dando la razón a CC.OO. en la inmensa mayoría de sus denuncias sobre este asunto, en las que se reclama la parte proporcional devengada y no percibida, como consecuencia del famoso decreto, pues ahora nos dicen que nos van a restituir el 25% (exactamente, 44 días o el 24,04 %) de esa paga extra, porque son muy buenos y hay que darnos algo.

 ¡¡PERO SI SON LOS DÍAS QUE DICEN LOS JUECES QUE HAN DE DARNOS!!
 Les van a obligar a devolvernos esa parte de la paga e intentan colárnosla como un acto de buena fe.

Sea como fuere, desde esta Sección Sindical de la EMS seguiremos demandando la paga extra robada en su totalidad. Respecto a "la buena voluntad" de la devoluciòn de parte de  la paga extra en Enero próximo, tal y como han manifestado nuestro Gerente y nuestro Presidente diciendo que se hará lo que diga la Ley, pues la Ley ya ha autorizado a todas las Administraciones Públicas  la devolución del citado 25%.

 Os dejamos aquí la solicitud al respecto, dirigida a la Dirección de nuestra empresa:

federación de servicios a la ciudadanía
             administración local

 


Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos


Mario Herráez Flores, en nombre y representación de la Federación de Servicios a la ciudadanía de CC.OO. de la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos S.A., y con domicilio a efectos de comunicación en la Calle la Fragua Nº 4 nave 6  EXPONE:


PRIMERO
Que el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su Artículo 2, referido a la Paga Extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público, suprimió la paga extraordinaria de dicho mes.

SEGUNDO
Que de conformidad con la disposición final decimoquinta, el RD-L 20/2012 entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, es decir el 15 de julio de 2012.

TERCERO
Que Real Decreto 20/2012 contemplaba la devolución, durante el año 2015, de la paga extra suprimida por el mismo.

CUARTO
Que el Consejo de Ministro del viernes 26 de Septiembre de 2014, aprobó el Proyecto  de Ley de Prespuestos Generales del Estado para el año 2015, que contempla la devolución del 25% de la paga extra eliminada  por el Real Decreto-Ley 20/2012, para los Empleados Públicos de la Adminsitración del Estado, habilitando a otras Administraciones y Empresas públicas para abonarlo durante el ejercicio 2015.


            Por todo ello SOLICITO:

Que, con independencia de que se resuelvan las acciones sindicales en vía administrativa y judicial sobre el abono de la totalidad de la paga extra suprimida en 2012, se proceda por parte de esta Empresa, a consignar en los  Presupuestos para el año 2015, los créditos suficientes   para abonar en el primer mes del año 2015, como mínimo los importes resultantes de la autorización contenida en la Ley General de Presupuestos del 2015.






                                                                               Mario Herráez Flores
Secretario General FSC-CCOO de la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos S.A.

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