Tres Cantos

jueves, 2 de febrero de 2017

CONSULTA SOBRE CLÁUSULAS SUELO Y GASTOS EN LAS HIPOTECAS











Desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO (FSC) nos remiten información al respecto de las posibles reclamaciones en materia de las cláusulas suelo en las hipotecas, según sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


CCOO ha ampliado el acuerdo con Pyramid Consulting (bufete Prolegue), para que esta entidad a través de sus servicios de Asesoramiento en materia Hipotecaria (Cláusula Suelo), preste un servicio de consultoría gratuito y un descuento especial sobre los honorarios para el conjunto de la afiliación.

Para acceder a este servicio los afiliados/as deben rellenar la hoja de encargo adjunta y entregarla en la federación junto con la documentación que se solicita (copia escritura de hipoteca y de los tres últimos recibos). También se adjunta la hoja de honorarios en caso de llevar el proceso judicialmente.

En esto no tiene nada que ver nuestra asesoría jurídica de CCOO, es un servicio concertado con la empresa referida y CCOO únicamente hace la tramitación para la cita de asesoramiento pero nada más.

La documentación se recogerá en la recepción de la FSC por la persona que en ese momento la atienda y se entregará a Ángela (Finanzas y Administración) que hará la tramitación que proceda.

Es un servicio sólo para afiliados/as y sólo es gratuito el asesoramiento.

Es toda la información que tenemos. También está colgado en la web http://servicios.ccoo.es/servicios/

M. Victoria García Mora
Secretaría de Administración y Finanzas
FSC Madrid







Igualmente, para las consultas sobre reclamación de nulidad de los gastos de otorgamiento de la escritura de hipotecas (tal y como  el Tribunal Supremo ha declarado como abusivos) y en  esta misma consultora y bufete Pyramid Consulting (bufete Prolegue), como afiliado a CCOO, puedes informarte en las mismas condiciones anteriormente explicadas.
En este caso la documentación necesaria para la reclamación será:
escritura de la hipoteca, ampliaciones o novaciones posteriores, recibo de pago de la hipoteca (sólo si sigue vigente),factura de la gestoría tramitadora, factura del notario, factura del registro, carta de pago del IAJD, certificado de empadronamiento (solo si es vivienda habitual), escritura de cancelación de hipoteca (sólo si estuviera cancelada).

Si tenéis cualquier duda al respecto os podéis dirigir a nuestra sección sindical de CCOO en la EMS.





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