Una vez más la Dirección de la EMS recibe un "contratiempo" desde la Inspección de Trabajo a las maneras habituales de emplear la organización del trabajo como " hacemos lo que nos da la gana porque para eso somos los dirigentes y por eso cobramos más que nadie", pues bien, según la Inspección no es así, no vale justificar ser dirigente para poder saltarse la ley.
A finales del año pasado esta Sección Sindical de CC.OO. presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo contra la Dirección de la EMS por las formas de elaborar y desarrollar la Formación a los trabajadores: la Empresa presenta a los representantes legales una serie de cursos para cubrir el expediente, algunos cursos se hacen, otros no, el criterio de selección en la mayoría de los cursos es el que decide la Dirección o los Coordinadores, la publicación de los cursos para el posible interés de los trabajadores brilla por su ausencia o es recibida por los privilegiados, la disponibilidad de promoción profesional, en muchos casos, es admitida si se pasa por el filtro de la Dirección o por contraprestaciones, el aprovechamiento de los cursos sólo beneficia a los "elegidos", en definitiva, los criterios en Formación los impone el dueño del cortijo y no se aprovecha esta herramienta para el mejor funcionamiento de los servicios públicos que atiende nuestra empresa.
Nosotros, la Sección Sindical de CC.OO. con esta denuncia queremos que la Formación en la EMS se base en criterios de profesionalidad y de igualdad: cursos para las necesidades de la empresa, para la promoción del trabajador, para la adecuación a los puestos de trabajo, una Formación para TODOS, con IGUALDAD de OPORTUNIDADES y con TRANSPARENCIA.
La INSPECCIÓN DE TRABAJO ante esta denuncia, REQUIERE a la EMS según Resolución del 12/05/14 y resumiendo ésta:
- Cumplimiento de la legislación en materia de Formación, en cuanto al respeto al derecho a la formación y a la no discriminación en el acceso a ella de sus trabajadores.
- Información a los representantes legales, en especial en el criterio de selección de los participantes, colectivos destinatarios de la acción formativa, calendario previsto, petición de informe a los mismos y cumplimiento de los plazos para iniciar la formación.
- Todo ello excluye la elección por parte de la Empresa de los participantes sin que exista una previa descripción de los criterios por los que se haga la misma y publicidad de los que resulten elegidos, tanto más cuanta dicha formación se financia con recursos públicos por una parte y por otra se priva a los trabajadores de las acciones derivadas de la posible discrepancia de la selección
- Si llegado el momento no se cumple el presente REQUERIMIENTO se actuará en consecuencia.
Por otra parte, en cuanto al otro asunto de la denuncia, un curso de Excel de 91 horas que se desarrolló el año pasado, pero sólo de forma presencial en dos días ( 4 horas), teniendo esta Sección Sindical constancia que en la parte no presencial (online), que según el certificado del curso se realizó en el mes de Julio, no existió en algunos casos o no de manera efectiva, son muchas horas para el periodo establecido, emitiéndose el certificado de algo no desarrollado, pudiéndose entender, que al ser un curso de la Fundación Tripartita, la Empresa simplemente lo utilizó para justificar la Formación ante este organismo, la Inspección de Trabajo remite el caso a la Jefatura de la propia Inspección para que de traslado al departamento correspondiente que compruebe tales irregularidades, estando a la espera de la resolución.
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