CONTRA LA CRIMINALIZACIÓN DEL DERECHO DE HUELGA POR LA DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 315.3 DEL CÓDIGO PENAL
El ejercicio del derecho de huelga, cuya consideración como derecho fundamental no
podemos obviar, ha sido y es ejemplarmente democrático y pacífico durante las más de
tres décadas donde se ha llevado a efectos en múltiples ocasiones bajo la forma de
huelgas generales, sectoriales o de empresa.
El reconocimiento de este derecho de los trabajadores para la defensa de
sus intereses no es exclusivo de nuestro ordenamiento jurídico. La Carta de Derechos
Fundamentales de la Unión Europea lo incluye expresamente; el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas lo garantiza y así
múltiples Tratados y Pactos internacionales reconocen el derecho a la huelga como un
derecho fundamental de los trabajadores y de sus organizaciones.
Desde la proclamación de la Constitución Española hemos atravesado ya tres crisis
económicas, duros procesos de reconversión industrial así como recortes en los servicios
públicos esenciales (sanidad, educación, protección social…) y el ejercicio de dicho
derecho se ha caracterizado por un uso responsable y sin que hayan derivado
actuaciones penales precisamente, frente a los que ejercen dicho derecho.
Nos encontramos ante el mayor intento de criminalización del derecho de huelga y el
ataque más duro contra la libertad sindical desde que estamos en democracia. El punto
de inflexión lo marcó la huelga general del 29 S de 2010, convocada por los sindicatos
contra la reforma laboral, los recortes y las políticas de austeridad, movilización que se
saldó de forma pacífica y sin incidentes violentos.
La utilización del artículo 315.3 del Código Penal resulta injustificada y desproporcionada,
situando el derecho de huelga en el Siglo XIX donde su ejercicio era penado y
perseguido. La participación en piquetes informativos es un derecho reconocido en
nuestra legislación, no es un delito y la mera identificación de los trabajadores que en él
participen no puede suponer el riesgo de imputación de un delito castigado con penas de
prisión.
No estamos solos, el maltrato en España al derecho de huelga y a la libertad sindical ha
sido denunciado y exigida una rectificación desde instancias internacionales de todo tipo;
la OIT, la Unión Europea, la ONU, organizaciones de derechos humanos y el movimiento
sindical internacional y europeo.
Actualmente más de 300 trabajadores encausados por haber ejercido el derecho de huelga, se encuentran con procedimientos
judiciales abiertos y con petición de penas de cárcel, acusados de un delito contra los
derechos de los trabajadores.
Desde el pleno de esta CUMBRE SINDICAL representada por los sindicatos UGT, CCOO,
USO, CGT, AMYTS, SATSE, ALTERNATIVA SINDICAL DE SEGURIDAD PRIVADA,
SOLIDARIDAD OBRERA, GESTHA, UNION DE ACTORES, CSIT UNION
PROFESIONAL, STEM.
MANIFESTAMOS nuestro apoyo a los y las más de 300 trabajadores sindicalistas encausados por haber ejercido el derecho de huelga, en la
confianza de su honradez, reconociendo su trabajo a lo largo de los años, en defensa de
los derechos del conjunto de los trabajadores.
NOS COMPROMETEMOS a utilizar todos los medios a nuestro alcance para seguir
defendiendo el derecho de huelga y el resto de los derechos de los trabajadores, así como la libertad de expresión de los ciudadanos.
Al mismo tiempo INSTAMOS al Gobierno Central y al Parlamento de la Nación, a que
adopte cuantas iniciativas legislativas sean necesarias a fin de corregir esta situación,
entre ellas la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, la Ley de Seguridad
Ciudadana, así como, las Reformas Laborales de 2010 y 2012, todo ello, en defensa de
las libertades básicas, a decretar la Absolución de todos los trabajadores
ya juzgados y condenados por participar en las huelgas generales de 2010 y 2012 ; y a
tomar cuantas resoluciones sean precisas para evitar el ingreso en prisión de todas las
personas encausadas pendientes de juicio.
Dentro de la campaña HUELGA NO ES DELITO que se está realizando a nivel confederal, está previsto y aprobado por todas las organizaciones el APOYO DURANTE LA CELEBRACIÓN DEL JUICIO A LOS 8 COMPAÑEROS DE AIRBUS ENCAUSADOS.
Dicho juicio tendrá lugar entre los días 9 y 12. Se ha establecido un calendario para asegurar la presencia de personas de nuestra organización durante estos días en la puerta de los juzgados de Getafe.
2 comentarios:
Alfon LIBERTAD
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