Tres Cantos

jueves, 11 de julio de 2013

TRABAJOS DE INFERIOR Y SUPERIOR CATEGORÍA

En cuanto a trabajos de inferior o superior categoría nuestro Convenio Colectivo dice:

Artículo 27.- Trabajos de Grupo o Nivel inferior o superior.

1. Los trabajadores de la E.M.S. realizarán los trabajos propios del Grupo y especialidad profesional que ostenten. No obstante, en casos de necesidad imperiosa del servicio, podrán realizarse funciones correspondientes a un Grupo Profesional superior o inferior, siempre dentro de la misma especialidad profesional.

2. Ningún trabajador podrá realizar trabajos del Grupo inmediatamente inferior durante un período continuado superior a un mes. Transcurrido el período citado, el trabajador no podrá volver a ocupar un puesto de Grupo Profesional inferior, hasta pasados seis meses.

3. Para proceder a asignar funciones correspondientes a un Grupo o Nivel Profesional superior, la Empresa buscará voluntarios entre los trabajadores capacitados para ello y, en caso de no haberlos, designará a un trabajador en concreto. En todo caso, durante el periodo de tiempo de realización  de funciones superiores, el trabajador tendrá derecho a percibir la retribución correspondiente al Nivel Profesional cuyas funciones desempeñe. 


Ante la comunicación que están recibiendo los trabajadores de Polideportivos, para la realización de la limpieza de vestuarios de piscinas, decimos:

* Las especialidades a que se refiere el punto 1 del art. 27 son, entre otras, Administración, Mantenimiento, Conservación, SAD y Limpieza., tal y como marca el Convenio en el Anexo I.

*Si la Empresa quiere que un trabajador realice trabajos de un Grupo inmediatamente inferior, de la misma especialidad, se le comunicará, a él y a los representantes de los trabajadores, tal decisión y argumentará los motivos técnicos u organizativos que justifiquen esta movilidad funcional, por el periodo citado de un mes, realizando las funciones del grupo inferior, pero no de ambos grupos.

*Esta decisión que está imponiendo la Empresa obedece a las numerosas quejas, con obvias razones, por la limpieza en los vestuarios de las piscinas, ya que no se ha contratado u organizado el trabajo para que durante el verano exista, al menos, un servicio de Limpieza por las tardes en las piscinas municipales. Este recorte de servicios implica un deterioro en algo tan fundamental como la higiene de una instalación y la salubridad de los usuarios en dichas instalaciones, parcheado ahora con una llamada a la colaboración de los trabajadores, que han dado muestras sobradas de ella, pero que no pueden estar a favor de unas decisiones chapuceras por parte de una Dirección cada vez más alejada de la problemática de la organización diaria del trabajo y más empeñada en "el ordeno y mando" sin rumbo ni criterio.

*Suponemos que con lo realmente ahorrado este tiempo, que ha permitido a la Empresa  contratar cargos (y no cargos) de confianza, subir los sueldos de nuestros dirigentes (algo por encima del 1%), gastos judiciales y laborales por las buenas decisiones organizativas, despidos incluidos, y la reducción de derechos de los trabajadores, en algunos casos en temas tan "poco importantes" como la prevención de la salud, se podría haber contratado unas pocas horas de servicio de Limpieza para tres meses, teniendo además a la gran mayoría de trabajadoras como fijas-discontinuas (en verano no trabajan).



1 comentarios:

Anónimo dijo...

En limpieza tenia que haber dos grupos las que estan en colegios y las que estan en polis y piscinas cubiertas fijas discontinuas las de los coles y fijas todo el año las demas seria lo correcto saludos compañeros

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