Tres Cantos

lunes, 18 de noviembre de 2013

SENTENCIA SOBRE LAS 37,5 HORAS


 La Sección Cuarta del TSJM ha declarado nulas las instrucciones que la Dirección General de la Función Pública materializó para el aumento de jornada de 35 a 37, 5 horas al  personal laboral de la Comunidad de Madrid. Del mismo modo declara nulas las instrucciones sobre turnos, horarios de trabajo, descanso semanal y vacaciones de dichos trabajadores.

 Aunque cabe recurso de casación y no declara nula la subida de la jornada, sino la forma de hacerla, de forma unilateral sin ningún tipo de negociación, es un aviso a navegantes de que, a pesar de crear múltiples reformas para menoscabar todos los derechos de los trabajadores, no todo vale.

Aquí, en la EMS, tenemos muchos ejemplos del sentido de la negociación y de la forma de gestión que hace nuestra Dirección, con esa actitud de relamerse cada vez que se aprueba cualquier norma que elimina algún derecho de los trabajadores y la nula disposición a cumplir los que todavía subsisten.

Centrándonos en esta sentencia, podemos decir que la negociación del Ayuntamiento de Tres Cantos con sus trabajadores respecto a la subida de 37,5 horas-han llegado a un acuerdo para hacer 35 horas mediante, precisamente, voluntad de negociación- es diametralmente opuesta a la que ha establecido nuestro Gerente para nuestra Empresa-con el único argumento de que es lo que manda el Gobierno-.

Seguiremos desde esta Sección Sindical intentando llegar a acuerdos, pero también a defender los derechos de los trabajadores y a recuperar los que nos quiten.



El TSJM declara nulas las instrucciones de jornada del personal laboral para el año 2013
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid vuelve a dar la razón a CC.OO. y declara nulas las instrucciones de jornada que la aumentaban de 35 a 37,5 horas, de forma unilateral, sin haberse negociado en ningún momento. La sentencia indica también que la negociación no puede ser una simple convocatoria informativa a las organizaciones sindicales, sino que debe existir voluntad negociadora, algo de lo que la Administración regional, en los últimos años, carece.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia en la que declara nulas las instrucciones de 29 de enero de 2013 del director general de la Función Pública en materia de jornada de las empleadas y empleados públicos durante el año 2013, en lo que se refiere al personal laboral.
Indica la sentencia que "no se ha cumplido el trámite de la negociación colectiva al que se refieren las instrucciones pues sólo se celebró una sesión en la Mesa General de Negociación, a la que fueron convocados los sindicatos con el siguiente orden del día “Único.- Toma en consideración del proyecto de instrucciones en materia de jornada de los empleados públicos durante el año 2013".
Continúa la sentencia reflejando que "la propia redacción de la convocatoria refleja, como se dijo en el acto del juicio, que lo que se pretende es una ficción de negociación", y más adelante que "ha de existir una verdadera negociación y como tal ha de entenderse, (…) una voluntad proactiva de alcanzar acuerdos, no bastando con convocar a los sindicatos a una ‘toma en consideración del proyecto de instrucciones’".
En el fallo, la sala estima la demanda presentada y condena a la Administración "a pasar por esta declaración y sus consecuencias, debiendo negociarse con las organizaciones sindicales demandantes y en el seno de la comisión negociadora todo lo relativo a los referidos temas".

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